Préstamo entre universidades catalanas (PUC)
Descargar pdfEl Préstamo Universitario Consorciado (PUC) es un servicio gratuito que permite solicitar y tener en préstamo documentos de las bibliotecas de las instituciones que forman parte del Consorci de Serveis Universitaris de Catalunya (CSUC).
Las bibliotecas universitarias que participan en el PUC son: UB, UAB, UPC, UPF, UdG, UDL, URV, URL, UVIC-UCC, UOC y Biblioteca de Catalunya.
Este servicio también implica la libre circulación de usuarios por cualquier biblioteca de las instituciones participantes, siempre que se presenten debidamente identificados con el carnet de estudiante de la institución (cualquier otra identificación NO será válida). En épocas de máxima afluencia tendrán prioridad los y las alumnas de cada centro y se podrá limitar el acceso.
La solicitud se puede hacer directamente a través del desplegable CCUC/PUC del CercaTot, o bien presencialmente, en la biblioteca donde se encuentran depositados los documentos (préstamo in situ).
Son usuarios/as de este servicio:
- Alumnado de grado, máster y postgrado
- Alumnado de doctorado
- Profesorado, PDI y PAS
Los/as usuarios/as que no están vinculados/as a la UdL, o que hayan sobrepasado la fecha de devolución de un documento, o estén bloqueados/as por el retraso en la devolución de algún documento, así como los/as antiguos/as alumnos/as, NO podrán usar este servicio.
Son objeto de este servicio todos los documentos disponibles de las bibliotecas del CSUC, excepto los que cada biblioteca pueda excluir, como por ejemplo la bibliografía recomendada, las obras de referencia, las revistas o los libros antiguos.
- Estudiantado de grado: 10 documentos durante 21 días
- Estudiantado de postgrado, máster y doctorado: 10 documentos durante 21 días
- Profesorado, PDI y PAS: 10 documentos durante 21 días
- Otros usuarios autorizados: 10 documentos durante 21 días
El número máximo de documentos que se pueden tener a través del PUC incluyen tanto los que esten solicitados, como los que se tengan en préstamo y los que se estén devolviendo a la institución a la que pertenecen.
Protección de datos
Responsable del tratamiento
Delegado de Protección de Datos (DPD
Finalidad del tratamiento
Gestión del préstamo consorciado (PUC)
Legitimación
Obligación legal de las Universidades públicas de obtener el máximo aprovechamiento de sus servicios de bibliotecas.
Artículo 25 de la LEY 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña
- Servicios científico-técnicos
- 1. Las universidades deben impulsar los servicios científico-técnicos de apoyo a la investigación que sean necesarios.
- 2. El departamento competente en materia de universidades y las universidades públicas deben fomentar la coordinación de los servicios científico-técnicos, en especial de las bibliotecas, las infraestructuras para el cálculo de altas prestaciones y las infraestructuras de la información y la comunicación, objetivo de obtener el máximo aprovechamiento de los equipamientos de las universidades. También deben promover el desarrollo de nuevos equipamientos científico-técnicos de utilización común para todo el sistema universitario.
Destinatarios
Otras instituciones públicas para la prestación de servicios bibliotecarios mediante la cooperación.
Derechos de las personas interesadas
Se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición al tratamiento y solicitud de la limitación del tratamiento dirigiéndose en primer término a la Biblioteca y de forma general al Delegado de Protección de Datos (DPD) de la Universidad de Lleida.
Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en el Aviso legal de la web de la UdL.
Conservación de los datos
Los conservamos durante el tiempo necesario, cumpliendo con la normativa que regula la conservación de la información pública.